El 3 de noviembre de 2015 publiqué este artículo, que ahora reproduzco con nuevas fechas para emprender acciones. Debido al tiempo transcurrido, el mal sigue avanzando y el bien retrocediendo para perplejidad y desmoralización de los españoles, víctimas de un gobernante débil. Pero insistiré. En este momento histórico el presidente del gobierno debe suspender la autonomía catalana, siguiendo los pasos que aconsejo, y teniendo en cuenta que los independentistas están faltando incluso a las normas reglamentarias de su cámara regional:
1.- Convocar consejo de ministros para el
lunes día 10 de abril a las ocho de la mañana. Con asistencia del presidente
del partido en Cataluña y el delegado del gobierno en aquella región. A fin de
decidir la suspensión de la autonomía de Cataluña. Se les comunica las acciones
que se emprenderán. A los ministros se les advierte que se ocuparán
respectivamente de las consejerías catalanas y de todos sus organismos
dependientes, y si las consejerías son más que los ministerios, en el mismo
consejo de ministros se repartirán las sobrantes de forma lógica; también se
adscribirán a ministerios cualesquiera organismos que no dependan de
consejerías. Esos ministerios se ocuparán de organizar provincialmente las
tareas. Los trabajos que ahora mismo son realizados por el presidente de la
Generalidad correrán a cargo del presidente del Partido Popular en Cataluña. El
ministro de interior se encargará de dirigir la policía autónoma. De esta
reunión saldrá la decisión de suspender la autonomía catalana de conformidad
con el artículo 155 de la Constitución, informando en primer lugar al
presidente de la Generalidad de Cataluña, y dándole 48 horas, esto es, hasta el
12 de abril para renunciar a su proyecto de una república catalana
independiente. Pues pasado ese plazo y no produciéndose la renuncia, se instará
al Senado el 17 de abril para que vote la suspensión de la autonomía
catalana.
2.- Antes de la notificación al presidente
de la Generalidad, se informará a los representantes de los partidos que apoyan
unirse para frenar la insurrección catalana, a fin de plantearles si también
apoyan la suspensión de la autonomía. Se les convocará para el día 10 de abril
a las cuatro de la tarde y se les dará de plazo hasta las diez de la noche de
dicho día para sumarse.
3.- Se notifica al presidente de la Generalidad,
como se expone en el punto 1, que cuenta con 48 horas, esto es, hasta el 12 de
abril para que se anule el proyecto de independencia. Y se le dice que, si no
se produce, se instará al Senado el 17 de abril para que suspenda la autonomía
catalana.
4.- Rajoy solicita audiencia al Rey, para
que tenga lugar el día 10 de abril, a fin de informarle.
5.- Pasado el 12 de abril sin que se haya
renunciado al proyecto independentista, el día 17 de abril se presentará
instancia al Senado para que vote la supresión de la autonomía de Cataluña.
6.- El mismo día 17 de abril Rajoy
convocará consejo de ministros para el día siguiente, a fin de acordar dos
decisiones:
6.1 Pedir inmediatamente
autorización al Congreso de los Diputados para declarar el Estado de Excepción
en Cataluña mientras llega el acuerdo del Senado suprimiendo la autonomía.
6.2 Declarar el Estado de
Alarma en Cataluña mientras llega la autorización solicitada en el punto 6.1
7. Declarado el Estado de Alarma, el
presidente del Gobierno encargará al ministro de Defensa que desaloje
militarmente la sede del gobierno catalán y de todas sus delegaciones así como
la sede del Parlamento Catalán.
8. Como se aclara en el punto 1, los ministros y demás autoridades se
encargarán de cuanto en el mismo se especifica. Y velarán por evitar cualquier
abuso de autoridad de los cargos regionales. A tal fin se bloquearán
inmediatamente todas las cuentas bancarias de la administración regional y
quedará suspensa toda acción que no sea una emergencia (las fotos han sido
tomadas de forofamilia.org, wordpress.com y elboletin.com). 31-3-2017
